El Servicio Social de la Universidad de Panamá

Conoce el Reglamento del Servicio Social de la Universidad de Panamá


Programa de Servicio Social

El Consejo General Universitario de la Universidad de Panamá, en reunión del  2 de marzo de 2010,  aprobó el Reglamento de Servicio Social. 

Publicado en la  Gaceta Oficial Digital- Nº 27415, el viernes 15 de noviembre de 2013. (Leer en la página 40, de la esta Gaceta)


"El Servicio Social es el conjunto de actividades de carácter temporal que los estudiantes de Pre-Grado y Grado realizan, periódicamente dentro de su área de formación profesional en beneficio de las comunidades que lo requieran, privilegiando a las clases más necesitadas".  


Programa de Servicio Social
El Consejo General Universitario en reunión del  2 de marzo de 2010,  aprobó el Reglamento de Servicio Social.
       
El Servicio Social es el conjunto de actividades de carácter temporal que los estudiantes de Pre-Grado y Grado realizan, periódicamente dentro de su área de formación profesional en beneficio de las comunidades que lo requieran, privilegiando a las clases más necesitadas.

Se ACORDÓ promediar en ciento veinte (120) horas, el concepto de las horas contempladas en el reglamento de Servicio Social, a partir del primer semestre 2011.
Fuente: Dirección de Bienestar Estudiantil. (2 de agosto, 2018).  https://goo.gl/cH2AS2



ARTICULO 2
A quienes va dirigido
El Servicio Social Obligatorio es un trámite que deben realizar todos los estudiantes que cursan el tercer año de la carrera en la cual están matriculados, es de carácter obligatorio ya que es un requisito indispensable para obtención de su título universitario.


ARTÍCULO 3
Objetivos
Entre los objetivos del Servicio Social Obligatorio están:
• Proporcionar a los estudiantes, un lugar adecuado para realizar un Servicio Social, que les permitaponer en práctica conocimientos, habilidades y técnicas adquiridos durante sus estudios técnicos y/o
profesionales.
• Fomentar la responsabilidad, el carácter humanista y solidario de los graduandos en relación con las necesidades de la comunidad, lográndose en ellos una formación integral.


ARTICULO 4
Requisitos
Entre los requisitos que se exigen para la realización del Servicio Social Obligatorio están:
• Cursar el tercer año de la carrera o haber acreditado como mínimo el 70% de los créditos de su plan de estudios. Antes de iniciar el Servicio Social Obligatorio el estudiante universitario debe acudir a la VAE o ante el Coordinador de la Facultad, Centro Regional o Extensión Docente al cual pertenece, para tramitar tu inscripción en el programa o institución que elija.
• Contar con una constancia expedida por la Facultad en la cual está inscrito, especificando los
siguiente:
• Nombre Completo
• Cédula de Identidad Personal
• Copia de Recibo de Matrícula
• Carrera y Año que cursa
• Índice Académico
• El número de horas requerido para la prestación de Servicio Social Obligatorio es de 40 (cuarenta) horas, el cual debe realizarse en un plazo máximo de 2 (dos) semestres consecutivos.

ARTICULO 5
Lugar donde se puede realizar el servicio
La Prestación del Servicio Social Obligatorios pueden ser internos y externos. Internos: En los
programas o actividades de cada unidad académica o administrativa de la Universidad de Panamá.
Externa: En las instituciones o empresas privadas o de gobierno.

ARTÍCULO 6
Creación de la Dirección
La Vicerrectoría de Asuntos Estudiantiles creará una Dirección, que será la encargada de coordinar todo lo relacionado con la prestación del Servicio Social Obligatorio. Entre las funciones que tendrá la dirección están las siguientes:
• Coordinador el proceso de asignación de las plazas de Servicio Social según las necesidades de los estudiantes universitarios.
• Coordinar la planificación, revisión, regulación y aprobación en conjunto con los Decanos,
Coordinadores de Asuntos Estudiantiles de cada Facultad, Centro regional o Extensión Docente de este servicio.
• Rendir a la Rectoría de la Universidad de Panamá un informe semestral sobre el proceso de
reclutamiento y selección de los estudiantes que se encuentran prestando el Servicio Social
Obligatorio.
• Conocer y dictaminar sobre la asignación y dirección del Servicio Social de los estudiantes de las Facultades,Centros Regionales o Extensión Docente de la Universidad






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